Registro de extranjeros (G-325R) y cambio de dirección con USCIS (AR-11): quién debe hacerlo y plazos

Revisado por el equipo editorial · Última actualización: · Fuentes oficiales al final de la guía

Resumen rápido

Registro (G-325R)
Desde el 11 de abril de 2025, los extranjeros de 14 años o más que permanezcan 30 días o más en EE. UU. y no estén ya registrados deben registrarse. Es gratuito y en línea.
Ya registrados
Residentes permanentes, personas con I-94, con permiso de trabajo o con ciertos trámites presentados, entre otros.
Menores
Al cumplir 14 años deben registrarse (o volver a hacerlo) dentro de los 30 días.
Cambio de dirección (AR-11)
Todo extranjero debe informar a USCIS su nueva dirección dentro de los 10 días.
Importante
Para personas sin estatus, registrarse tiene consecuencias. Consulta con un abogado antes.

La ley migratoria exige desde hace décadas que los extranjeros se registren y comuniquen sus cambios de domicilio, pero durante años no hubo una forma práctica de hacerlo para todos. En 2025, el DHS creó el formulario G-325R y empezó a aplicar esa obligación. Estas reglas afectan a millones de personas y conviene entenderlas bien.

Quién ya se considera registrado

Según el DHS, no necesitas presentar el G-325R si tienes, entre otros:

  • Tarjeta de residente permanente.
  • Registro de entrada I-94 (incluido el electrónico), aunque haya vencido.
  • Permiso de trabajo (EAD).
  • Documento de parole o una notificación de comparecencia ante la corte de inmigración.
  • Una solicitud presentada de residencia, de TPS u otros beneficios que implicaron tomar tus huellas.

Quién debe registrarse

  • Personas que entraron sin inspección y nunca tuvieron contacto con las autoridades migratorias.
  • Visitantes canadienses que entraron por tierra sin I-94 y se quedarán 30 días o más.
  • Menores extranjeros que cumplen 14 años en EE. UU., aunque hayan sido registrados de niños: deben hacerlo dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños.

Cómo es el registro

  1. Crear una cuenta en línea de USCIS (para un menor, la crea el padre o tutor a nombre del menor).
  2. Completar el formulario G-325R. No tiene tarifa.
  3. Acudir a una cita de biométricos (huellas y foto) si la persona tiene 14 años o más.
  4. Recibir la prueba de registro. Los mayores de 18 años deben llevarla consigo.

El formulario pide datos como la forma de entrada, domicilios y antecedentes. Para alguien sin estatus, presentarlo identifica a la persona ante el DHS y puede usarse en un proceso de deportación. No registrarse cuando corresponde también es un delito menor (multas de hasta $5,000, prisión de hasta 6 meses, o ambas). Por eso es fundamental consultar con un abogado de inmigración o una organización acreditada antes de decidir.

Cambio de dirección: formulario AR-11

Esta obligación es para todos los extranjeros, incluidos los residentes permanentes: debes informar tu nuevo domicilio a USCIS dentro de los 10 días siguientes a la mudanza.

  1. Entra en la herramienta de cambio de dirección de USCIS (uscis.gov/addresschange) o en tu cuenta de myUSCIS.
  2. Indica tu dirección nueva y la anterior.
  3. Si tienes casos pendientes, la herramienta en línea actualiza también la dirección de esos casos. Si presentas el AR-11 en papel, debes avisar por separado de cada caso pendiente.
  4. Guarda la confirmación.
  • Si tienes un caso en la corte de inmigración, también debes avisar a la corte con el formulario EOIR-33, dentro de 5 días. No hacerlo puede llevar a una orden de deportación en tu ausencia.
  • Avisa también al Servicio Postal para que te reenvíen el correo.

Errores comunes

  • Avisar al Servicio Postal pero no a USCIS: la tarjeta o la cita se envían a la dirección vieja.
  • Pensar que el AR-11 solo es para quien tiene un caso pendiente.
  • Olvidar el registro de los hijos al cumplir 14 años.
  • Registrarse sin asesoría siendo una persona sin estatus.

Preguntas frecuentes

Soy residente permanente. ¿Tengo que hacer el G-325R?

No, ya estás registrado. Pero sí debes llevar tu Green Card contigo si tienes 18 años o más y avisar de tus cambios de dirección.

¿Cuánto cuesta?

El G-325R y el AR-11 son gratuitos. Desconfía de quien te cobre por «registrarte».

¿El registro me da algún estatus o permiso?

No. El registro no da permiso de trabajo ni ningún estatus migratorio.

Fuentes oficiales

Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado de inmigración acreditado o de la agencia oficial. Los requisitos y tarifas cambian: confirma siempre en la fuente oficial antes de presentar tu trámite. ¿Encontraste un dato desactualizado? Avísanos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
Alojado en 1Hosting · Hosting web desde US$0.99