Resumen rápido
- Dónde
- En la oficina del secretario del condado (County Clerk), en persona y con frecuencia con preinscripción en línea.
- Requisitos básicos
- Ambos contrayentes presentes, con identificación con foto y 18 años o más.
- Estatus migratorio
- No se exige. Pueden casarse personas sin papeles con pasaporte o matrícula consular.
- Costo
- Entre unos $35 y $115 según el estado y el condado.
- Después de la boda
- Pide la copia certificada del acta de matrimonio, que es la que sirve para trámites.
Casarse en EE. UU. es un trámite civil del condado, sencillo y rápido. Lo que más confusión genera son dos cosas: la diferencia entre la licencia (el permiso para casarse) y el acta o certificado de matrimonio (la prueba de que te casaste), y lo que el matrimonio significa, y lo que no, para un trámite migratorio.
Requisitos habituales
- Presencia de ambos contrayentes ante el secretario del condado.
- Identificación vigente con foto: licencia de conducir, pasaporte (también extranjero) o, en muchos condados, matrícula consular.
- Número de Seguro Social si lo tienes; si no, una declaración de que no lo tienes.
- Si estuviste casado antes: fecha en que terminó el último matrimonio y, en algunos estados, copia de la sentencia de divorcio o del acta de defunción.
- Edad mínima: 18 años en la mayoría de los estados, y cada vez más estados prohíben el matrimonio de menores incluso con permiso.
- No se exige análisis de sangre en ningún estado.
Esperas y vigencia en los estados más poblados
| Estado | Espera tras emitir la licencia | Vigencia de la licencia |
|---|---|---|
| California | Ninguna | 90 días |
| Texas | 72 horas (hay excepciones, como para militares o quien hizo el curso prematrimonial «Twogether in Texas») | 90 días |
| Florida | 3 días para residentes de Florida, salvo si hicieron un curso prematrimonial, que además rebaja la tarifa | 60 días |
| Nueva York | 24 horas | 60 días |
| Illinois | La licencia es válida desde el día siguiente | 60 días |
| Nevada | Ninguna | 1 año. Ver la guía de Nevada |
Los requisitos los fija cada estado y las tarifas, cada condado. Confírmalos en el sitio del secretario de tu condado.
Paso a paso
- Completa la preinscripción en línea si tu condado la ofrece.
- Acudan juntos a la oficina con sus identificaciones y paguen la tarifa.
- Celebren la ceremonia dentro del plazo de vigencia, ante un oficiante autorizado (juez, funcionario o ministro religioso) y, en muchos estados, con uno o dos testigos.
- El oficiante devuelve la licencia firmada al condado para su registro.
- Pide copias certificadas del acta de matrimonio una vez registrada.
El matrimonio y la inmigración
- Casarse con un ciudadano o residente no da estatus automáticamente: hay que presentar una petición (I-130) y luego el ajuste de estatus o el trámite consular. Ver la guía de la Green Card.
- USCIS evalúa si el matrimonio es auténtico (de buena fe). Guarda pruebas de la vida en común: contrato de alquiler conjunto, cuentas, fotos, hijos.
- Un matrimonio fraudulento para obtener papeles es un delito federal y deja a la persona extranjera inadmisible de por vida.
- Los matrimonios por poder (proxy) celebrados en otros países solo se reconocen para inmigración si después se consumaron.
- Si te casas fuera de EE. UU., el matrimonio suele ser válido aquí si lo es en el país donde se celebró.
Preguntas frecuentes
¿Podemos casarnos si uno de los dos no tiene papeles?
Sí. Los condados no piden estatus migratorio, solo identificación. El matrimonio es válido, aunque por sí solo no resuelve la situación migratoria.
¿Sirve un acta de matrimonio de EE. UU. en mi país?
Sí, normalmente con apostilla de la Secretaría de Estado del estado donde se registró y, a veces, con traducción. Muchos consulados permiten inscribir el matrimonio.
¿Puedo cambiarme el apellido?
Sí. En muchos estados se indica el nuevo nombre en la licencia. Luego actualiza el Seguro Social, la licencia de conducir y tus documentos de USCIS.
Fuentes oficiales
- USCIS, Cónyuges de ciudadanos.
- Texas Health and Human Services, Twogether in Texas.
Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado de inmigración acreditado o de la agencia oficial. Los requisitos y tarifas cambian: confirma siempre en la fuente oficial antes de presentar tu trámite. ¿Encontraste un dato desactualizado? Avísanos.